INSTITUTO SUPERIOR SAN IGNACIO DE LOYOLA
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE INSCRIPCIÓN DE ALUMNO
CARRERAS
El presente instructivo contiene las condiciones aplicables, complementarias al acto y/o proceso de inscripción, y obliga, según sea el caso, al padre, apoderado o al alumno de ISIL, que participa o adquiere derechos derivados del acto de inscripción en cualquiera de las Carreras de ISIL.
La inscripción y/o matrícula en cualquier Carrera de ISIL, determina la aceptación y conformidad de las disposiciones contenidas en el presente formato de términos y condiciones de inscripción por parte de los alumnos y/o padres o apoderados, sin perjuicio de la aceptación y/o conformidad expresa que pueda obtener, adicionalmente, ISIL por cualquier medio electrónico, con ocasión del proceso de matrícula. Los alumnos y/o padres o apoderados reconocen como plenamente válido, para todos los efectos legales, la conformidad a las condiciones de inscripción y/o matrícula otorgada a través de medios electrónicos habilitados por ISIL.
- En casos de retiro del alumno, por decisión propia o del padre o apoderado, que implica no cursar estudios en ISIL, no obliga a ISIL a efectuar la devolución de los documentos y/o pagos efectuados en el proceso
- La declaración inexacta o no veraz de la información suministrada en el proceso de inscripción o matrícula, así advertida, o la falta de entrega de información en los plazos establecidos por la institución, faculta a ISIL a cancelar la inscripción y/o matrícula del alumno, sin derecho a devolución de documentos o pago efectuado.
- Todo alumno debe haber culminado la Educación Básica o su equivalente en el extranjero previo al inicio del ciclo lectivo.
- Los ingresantes al nuevo periodo en modalidad de ingreso Regular, deberán presentar el Certificado Oficial de Estudios de secundaria dentro de los 3 primeros meses de iniciado el periodo vigente como fecha límite.
- Modalidades de Admisión:
- EVALUACIÓN DE POTENCIAL
Dirigido a alumnos egresados de 5to secundaria que no hayan ingresado a un instituto o universidad de manera previa. Esta evaluación consta de lo siguiente: Razonamiento matemático y aptitud verbal.
- EXONERADO
Se podrán exonerar de la Evaluación de Potencial cualquiera de los siguientes casos:
- Tercio Superior: Personas que hayan ocupado durante la secundaria los primeros puestos (presentar el documento de Tercio Superior emitido por el colegio de procedencia)
- Traslado externo: Personas que hayan aprobado anteriormente un examen de Admisión en una universidad o instituto de Educación Superior (carrera no menor de 3 años).
- Personas graduadas de Educación superior.
- Funcionario Diplomático o hijo de Funcionario Diplomático.
- Deportista Calificado (pertenecer a una Federación a nivel Nacional).
- Para Carrera Técnica los alumnos que ingresen en la modalidad Exonerado y quieran convalidar cursos, deberán presentar los syllabus oficiales y el Certificado Oficial de Estudios dentro de los 3 primeros meses de iniciado el periodo vigente como fecha límite para realizar la convalidación formal.
- Para el programa de Bachiller los alumnos que ingresen en la modalidad Traslado (externos de ISIL), deberán presentar los syllabus oficiales y el Certificado Oficial de Estudios dentro de los 3 primeros meses de iniciado el periodo vigente como fecha límite para realizar la convalidación formal.
- Constituye obligación del alumno y/o del padre o apoderado, tomar pleno conocimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento General de Estudios, publicado en la intranet de Servicios e Información (ISILNet), así como de los documentos que complementan el proceso de inscripción y matrícula, para su pleno cumplimiento.
- Conforme al Reglamento General de Estudios, constituye obligación del alumno mantener actualizada la información de sus datos personales, incluyendo su domicilio de residencia, teléfonos fijos y móviles, correo electrónico o cualquier otro medio de contacto que en un futuro se establezca, como medio de comunicación válida con ISIL.
- La asignación de cursos y horarios en el local y turno de preferencia, de alumnos que cursan su Primer Periodo en ISIL, queda sujeta a las limitaciones de cupo y al pago oportuno de los derechos de matrícula y primera cuota de pensión de enseñanza.
- La inscripción o acto de matrícula en ISIL impone al alumno matriculado en cualquier periodo, o al padre o apoderado acreditado, la obligación de cumplir con el pago de las cuotas de las pensiones de enseñanza dentro del plazo establecido, de acuerdo al cronograma publicado y/o entregado oportunamente por ISIL.
- El pago de las cuotas de enseñanza, fuera de los plazos establecidos en el correspondiente cronograma genera el pago de Gastos Administrativos e Intereses Moratorios, establecidos por ISIL, de acuerdo a Ley.
- El incumplimiento de pago de las cuotas correspondientes a las pensiones de enseñanza faculta a ISIL a:
- Suspender o restringir el acceso o prestación de alguno(s) o todos los servicios complementarios que ISIL ofrece al alumno.
- Suspender cualquier beneficio económico dado al alumno, producto de una re categorización, beca, descuento o aplicación de convenio.
- Reportar la situación de morosidad en que incurra el responsable de pago de las pensiones a las Centrales de Riesgo, con arreglo a la Ley que rige la materia.
- Diferir la entrega, con arreglo a la Ley, de los certificados correspondientes a los períodos cuyas pensiones se encuentren insolutas.
- La categoría inicial de pago asignada al alumno, será en base al tarifario vigente correspondiente a la carrera elegida, a la cual pueden aplicar benéficos económicos, en conformidad al Art. 18° del Reglamento General de Estudios.